Resposabilidad de los administradores de Aerolíneas Argentinas
22 de noviembre del 2011 | 1 ComentarioEn recientes declaraciones a C5N, El economista Axel Kicillof, subgerente de Aerolíneas Argentinas, explicó que ésta “era una empresa técnicamente quebrada”…….
¿CUANDO UNA EMPRESA ESTÁ TÉCNICAMENTE QUEBRADA?
La legislación en materia concursal (ley 24.522) basa su andamiaje en un concepto tan definitorio – la cesación de pagos – que lo ubica en su primer artículo: “El estado de cesación de pagos, cualquiera sea su causa y la naturaleza de las obligaciones a las que afecte, es presupuesto para la apertura de los concursos regulados en esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 66 y 69”.
Existen tres teorías sobre lo que debe entenderse por tal:
La teoría materialista: Basta el incumplimiento de pago de, al menos, una obligación a su vencimiento para incurrir en dicho estado.
La teoría intermedia: Requiere incumplimientos efectivos que denoten la existencia de una estructura patrimonial incapaz de atender los compromisos.
La teoría amplia: Apela a otros medios o hechos reveladores que demuestren un patrimonio insolvente o impotente para satisfacer compromisos.
Esta teoría se apoya en que los signos de impotencia deben revestir caracteres de generalidad. Un peligro cierto y permanente que abarque todo el activo. O sea que no se trata de un día o un mes de dificultades, sino de una situación que se dilata en el tiempo, sin visos de poder ser revertida con los recursos normales y ni siquiera los extraordinarios.
La legislación argentina se identifica con esta última concepción al hablar de “estado de cesación de pagos”. Es decir, no un accidente o circunstancia aislada, sino una situación o “modo de estar” permanente o persistente en situaciones de dificultad.
En función de ello, la doctrina reconoce que el “estado de cesación de pagos” se muestra claramente en situaciones que parecen transitorias pero tienden a agravarse, y que van induciendo a que, en forma compulsiva, se malvendan activos en busca de liquidez, se incumplan y posterguen obligaciones, se incrementen irresponsablemente pasivos, o todo ello en forma combinada.
La presencia de estos indicadores se vislumbra en la situación patrimonial y financiera de la empresa Aerolíneas Argentinas: Cuantiosos déficits operativos mensuales, y renovación consuetudinaria e incremental de deudas a pesar de los cuantiosos ingresos por aportes del estado.
Todo ello, dista abismalmente de una razonable situación patrimonial y financiera de una “empresa en marcha”[1] y, sin duda, debería ser reflejado claramente en los estados contables.
En caso de que ello no ocurra, los Administradores que confeccionen el balance y quienes los apruebe así como el Auditor que lo certifique, podrían hallarse incursos en figuras tipificadas en el Código Penal, dado el grave perjuicio que su accionar podría infringir a la empresa y a terceros.
En ese sentido es necesario tener presente algunas precisiones técnicas en materia de confección y auditoria de estados contables.
Resolución técnica nro. 16: La que define en su punto 2., que el objetivo principal de los estados contables es “proveer información sobre el patrimonio del ente emisor a una fecha determinada, su evolución económica y financiera en el período que abarca ….y asimismo deberá incluir otros hechos que ayuden a evaluar los montos, momentos e incertidumbres de los futuros flujos de fondos….”
Resolución técnica nro. 17: Aclara en su primer punto, referido al alcance de sus normas, que ellas han sido diseñadas, básicamente, para entes que preparan sus estados contables sobre la base del principio de “empresa en marcha”, y …” en el caso de estados contables que no se preparen sobre dicha base, tal hecho debe ser objeto de exposición específica, aclarando los criterios utilizados para la preparación de los estados y las razones por las que el ente no puede ser considerado como una empresa en marcha “.
Resolución técnica nro. 7: Normas de Auditoría: El auditor, a través del desarrollo de su tarea, debe tener elementos de juicio, válidos y suficientes que permitan respaldar las aseveraciones formuladas en su informe. Su tarea debe ser planificada en función de los objetivos de la auditoria, “el que, obviamente, debería partir de indicios e indagaciones que permitan una valoración razonable de la capacidad patrimonial y financiera de continuidad de las operaciones” (el entrecomillado es nuestro)
Claro que, hay un dato fundamental que impide la aplicación de estas normas: Aunque sigue siendo una sociedad comercial tipificada por la ley 19.550, desde que pasó a depender del sector público, no ha presentado balances.
No obstante ello, se conocen indicios que exhibirían la INCAPACIDAD patrimonial y financiera de AEROLÍNEAS ARGENTINAS:
Dependen de subsidios: Desde julio de 2008, cuando pasó a manos del Estado, Aerolíneas recibió subsidios por 2200 millones de dólares. El presupuesto nacional del año próximo prevé asignarle 620 millones de dólares más, es decir, un promedio de 50 millones por mes.
Déficit permanente: El Estado se hizo cargo de Aerolíneas en julio de 2008. Para esa época la situación ya era de insolvencia. Se calcula que entre su privatización, en 1991, hasta diciembre próximo, la empresa habrá demando alrededor de US$ 7000 millones. Casi un millón de dólares por día. Sin embargo, la actual gestión parece haber empeoraron las cosas: ahora la ineficiencia cuesta dos millones de dólares diarios.
Errónea política comercial: El 65% de la pérdida anual corresponde a rutas internacionales, y al 24% de los pasajeros.
Nula o baja productividad: La empresa tiene cerca de 10.000 empleados para operar 68 aviones. Con esa estructura, la línea aérea registró un total de ventas de US$ 1130 millones en el último año. Como indicador comparativo, se sabe que La panameña Copa Airlines tiene una flota similar: 64 aeronaves. La operan 6500 empleados, un tercio menos que Aerolíneas, y facturó una cantidad similar de dinero en 2010: US$ 1384 millones. La gran diferencia está en el resultado operativo: mientras la centroamericana reportó utilidades por US$ 241 millones, la argentina presentó un rojo de 486 millones.
[1] Empresa en marcha: Principio de contabilidad generalmente aceptado, reconocido como premisa para confeccionar estados contables de empresas, entes o instituciones que ostentan razonablemente capacidad patrimonial y financiera para desarrollar sus actividades presentes y futuras.

Guillermo LoCane es Contador Público, egresado de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Tributarista, consultor, ha sido asesor en el Senado y actualmente lo es en la Cámara de Diputados de la Nación. Integra el Consejo Académico de la Especialización en Impuestos de la Escuela de Economía y Negocios Internacionales de la Universidad de Belgrano, y es miembro de la Comisión de Estudios sobre Finanzas Públicas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.