Impuestos Sobre Operaciones Financieras

octubre 30, 2008 | Filed Under Contadores, Finanzas Públicas, General, Impuesto a las Ganancias, Impuestos | 18 comentarios

Brasil: Decide eliminarlos. Argentina: Proponen crearlos

Brasil: “Reducen a cero la tasa del impuesto sobre Operaciones Financieras”.- Argentina: “Presentan proyecto de ley para cobrar impuesto a las ganancias sobre los intereses de plazo fijo y otras rentas exentas”.

En la Argentina las diputadas oficialistas Merchán y Donda, presentaron en la Cámara Baja sendos proyectos de ley para eliminar exenciones al Impuesto a las Ganancias que benefician las colocaciones en inversiones a plazo fijo y otras transacciones financieras, y con ello crear un Fondo Especial para el Fortalecimiento de la Atención Primaria de la Salud. También firmaron el proyecto sus compañeros de bloque y diputados del Frente para la Victoria. Se busca solventar con la recaudación extra un Sistema Solidario de Redistribución Social. Dicho Sistema “se encargaría de brindar asignaciones familiares a hijos de padres desocupados”, indicó la iniciativa. La propuesta es modificar la ley del Impuesto a las Ganancias para suprimir la exención que beneficia a las donaciones, herencias y legados, y derogar la calidad de exentos que gozan los intereses de los depósitos a plazo fijo en operaciones realizadas por personas de existencia física.

Por su parte el Ministerio de Hacienda de Brasil comunicó la reducción total del llamado Impuesto sobre Operaciones Financieras. El presidente Lula da Silva firmó un decreto que redujo a cero la tasa de 1,5% del llamado Impuesto sobre Operaciones Financieras (IOF). También se eliminó la tasa de un 0,38% del IOF aplicada sobre la liquidación de operaciones de ingreso y salida de recursos del país referidos a préstamos y financiamientos. “La medida tiene como objetivo estimular la ampliación de la oferta de moneda extranjera, en el actual contexto de fuerte retracción de líneas de crédito internacionales”, señaló el ministerio.

Dos medidas (una en estado propositivo, la otra en estado efectivo) con distintos objetivos y sentido de la oportunidad. En Brasil se pretende bajar costos y trabas a las operaciones financieras con el declarado objetivo de “estimular la oferta de moneda extranjera”. En la Argentina, se pretende gravar rentas financieras y eliminar exenciones con el propósito de “crear un sistema solidario de redistribución social”.

Los impuestos sobre las ganancias financieras y sobre los movimientos financieros no son fáciles de resolver y provocan intensos debates a nivel mundial. Particularmente en la Argentina las exenciones que aún tienen los dividendos, los intereses de colocaciones a plazo fijo en bancos y los que devengan los títulos públicos, y otras ganancias de índole financiera, ha sido objeto de fundadas críticas por parte de los especialistas desde hace años, con diversas propuestas para morigerar sus efectos inequitativos o directamente eliminarlos. A este tema le dedicaremos futuras entregas.

Pero, toda ley, resolución o la más elemental disposición administrativa suele juzgarse en base a tres criterios: Oportunidad, Mérito y Conveniencia.

Invito a los lectores a analizar la decisión del presidente brasileño y la propuesta de los diputados argentinos según esos criterios.

 

Fin de las AFJP: Libre Elección versus Manoteo

octubre 25, 2008 | Filed Under Contadores, Finanzas Públicas, General, Jubilaciones | 17 comentarios

Desde abril de 2007 estuvo abierta la opción para los anotados en el sistema de capitalización que deseaban pasarse al de reparto. Esta posibilidad terminó el 31 de diciembre pasado. ¿Por qué no la reabren y que cada uno elija?

Una de las principales críticas al sistema de capitalización, siempre fue el insólito cepo dispuesto por ley, que impedía ese traspaso. Este abuso se eliminó en el 2007, y mientras estuvo vigente la opción (presentada en ese momento por el gobierno como un avance en la libertad de elegir), alrededor de un millón doscientas mil personas hicieron uso de la misma, pasándose al sistema de reparto. Una porción importante, pero minoritaria dentro del total de los afiliados al sistema de capitalización, los que, según datos oficiales son más de nueve millones de personas.

Hay mucha otras críticas que pueden hacerse a las Administradoras Privadas: El elevado costo de las comisiones, los abusivos gastos administrativos, la falta de trasparencia, etc. Pero un gobierno que, por ejemplo, se arroga la función de disponer cuándo y cómo se pueden exportar granos o carne, se supone que debería tener la suficiente fortaleza como para controlar que las AFJP presten un buen servicio a un costo razonable.

Por otro lado el destino que las AFJP le dieron al capital que manejan, era al 30 de septiembre de 2008, el siguiente (en valores de esa fecha)

INVERSIONES (en pesos)

IMPORTE

Deuda Pública Argentina

53.403.000.000

Fideicomisos de obras públicas  

6.000.000.000

Títulos Públicos Negociables Argentinos (ajustados por PBI)

3.743.000.000

Préstamos para economías regionales

1.345.000.000

Acciones de Empresas Argentinas

10.000.000.000

Plazo fijos en bancos argentinos

7.054.000.000

Fondos Comunes de Inversión argentinos

4.444.000.000

Obligaciones Negociables de empresas argentinas  

1.516.000.000

Caja y Otros  

1.158.000.000

Bajo estas consideraciones y mediando una esclarecedora campaña de información, los afiliados al sistema de capitalización no debería tener problemas –si se les da un prudencial tiempo para decidir- en ejercer nuevamente su personal decisión: Quedarse o Migrar. Sin el apuro ni el abuso que significa un arrebatado traspaso compulsivo que se parece más a un arrebatado manoteo, que a una meditada decisión de política pública, siendo que por otra parte, el solo anuncio ya ha producido cuantiosos daños al financiamiento de las empresas privadas y gran desprestigio en el exterior. 

Jubilaciones: ¿cómo se llama la película?

octubre 21, 2008 | Filed Under Contadores, Finanzas Públicas, General, Jubilaciones | 17 comentarios

Primer acto: Jubilación estatal. Segundo acto: Jubilación privada. Tercer acto: Jubilación estatal. ¿Cómo se llama la película?: La Gran Estafa.

Históricamente el Estado argentino se las ha arreglado para lograr recursos de fuentes distintas a lo que tradicionalmente se reconoce como “recursos tributarios”. La utilización del impuesto inflacionario por vía de la emisión sin respaldo y la apropiación para gastos corrientes de los fondos del sistema de seguridad social, llevados a cabo durante casi cuarenta años, ejemplifican diferentes maneras de complementar los recursos del sistema impositivo.

La hiperinflación que terminó de estallar entre 1989 y 1990 constituyó uno de los límites a esas formas de financiamiento. La solución planteada al grave problema inflacionario, que además provocó en forma superlativa el masivo rechazo a la moneda nacional y el refugio en la moneda estadounidense, fue establecer un cepo a la emisión espuria y un tipo de cambio fijo respaldado por las reservas del Banco Central. Sus beneficios y perjuicios ya han sido exhaustivamente estudiados.

Por otra parte los tremendos abusos y las flagrantes injusticias que se cometieron durante años con los jubilados y pensionados, por un lado llevó  a la población afectada a entablar -primero tímidamente y luego masivamente- numerosísimos juicios por re-liquidación de haberes y por otro lado condujo al sistema de seguridad social de reparto a un desprestigio prácticamente irrecuperable. El escenario histórico estaba montado para otra solución. Que provino de las ideas imperantes en la época: Privatización. Todo el andamiaje mediático y político se puso a favor del nuevo sistema privado de jubilaciones y pensiones. De apuro, haciendo uso de las mayorías automáticas que ostentaba el oficialismo en el Congreso Nacional, sin oír otros juicios de valor, nacían las AFJP. Ahora sí, las personas tendrían a salvo su futuro y el mercado de capitales se potenciaría con inversiones para la producción.

La historia reciente es más conocida. Abusos de las AFJP en las comisiones y costos. Simulado control estatal sobre la administración y el destino de los fondos. Apropiación estatal compulsiva de los recursos durante la crisis del 2001, y muy poco de aquellos supuestos beneficios para inversiones con destinos productivos.

Pero con un detalle importante: una gran cantidad de personas, ejerciendo su derecho a elegir, eligen por primera vez en la historia previsional argentina que, para mal o para bien, ellos serían los dueños de sus ahorros previsionales y nadie se los podrían quitar. Con el escenario de la crisis financiera internacional, el gobierno se apresta a revocar ese derecho, incorporándolos a las arcas del estado (más una recaudación anual que ronda los cuatro mil millones de dólares).

Ojalá que el título de la película a que hicimos referencia, no sea premonitorio.